La Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto-ley 17/2014 que modifica la Ley 2/2003 con el fin de inmovilizar legalmente a los taxistas ilegales hasta que realicen el pago de la multa. Además, se reforzarán los controles contra el creciente fenómeno del intrusismo en el sector del taxi.
A este respecto se ha pronunciado Fandabus, la federación andaluza que indica que “durante muchos años hemos denunciado esta actividad, llegando incluso a presentar expedientes que demostraban tal actividad en centros de afluencia de viajeros, como puedan ser estaciones de autobuses, centros sanitarios, etc”.
El cambio afecta básicamente a la medida cautelar de inmovilización del vehículo infractor en el acto, regulada en esta norma, para permitir a las fuerzas de seguridad prolongar la retención hasta el abono de la correspondiente sanción o la prestación de una garantía de pago (caución) por una entidad autorizada. Los gastos originados por el depósito del vehículo correrán a cargo de la persona infractora. Hasta ahora, la inmovilización sólo podía mantenerse en el momento que se imponía la sanción, lo que en la práctica hacía ineficaz la medida, ya que el vehículo pirata podía seguir la marcha tras ser multado y cargar nuevos pasajeros.
El decreto ley mejora así la cobertura legal de la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad contra los ´taxis pirata´ y tendrá especial repercusión en el caso de las policías locales, ya que el 90% de los servicios ilegales de transporte se prestan sin salir de los términos municipales.
Con el fin de proteger al usuario, el decreto establece que será responsabilidad del denunciado buscar los medios alternativos necesarios para que los viajeros lleguen a su destino. De no hacerlo, dichos medios podrán ser establecidos por la Administración, si bien los gastos serán en todo caso de cuenta del denunciado, cuyo vehículo podrá ser retenido de nuevo en el caso de negarse a abonarlos.
Además de proporcionar un instrumento contra el intrusismo, la modificación legislativa aprobada redundará en la mejora de la seguridad vial y en la protección de los usuarios. En este sentido, los vehículos ilegales de transporte de viajeros no se ven sujetos a ningún control, con conductores que pueden no contar siquiera con el carnet de conducir, mientras que un vehículo dedicado oficialmente al servicio de taxi ha de someterse a una revisión anual mucho más exigente que la ITV rutinaria, con un conductor que ha de superar pruebas de capacitación y renovar su licencia también con una periodicidad anual.